Cuando una persona no puede gestionar sus propios asuntos debido a su minoría de edad (hasta los 21 años en Puerto Rico) o una condición de salud, como demencia o Alzheimer, el tribunal permite el nombramiento de un tutor para proteger sus intereses. Este procedimiento busca asegurar el bienestar y la seguridad del incapacitado y puede realizarse de diversas maneras: mediante un poder duradero, un testamento, o un proceso judicial formal.
¿Cómo Funciona el Proceso?
Para iniciar el nombramiento de un tutor, se debe presentar una petición juramentada al tribunal, que debe ir acompañada de una certificación médica emitida por un profesional perito que acredite la incapacidad de la persona. Este documento es esencial, ya que evidencia ante el tribunal la necesidad de una tutela.
Notificación a las Partes Interesadas
El proceso requiere que todas las partes interesadas sean notificadas, incluyendo al procurador de familia, quien tiene la responsabilidad de velar por los derechos e intereses de la persona incapacitada. Este paso es crucial, pues asegura que todas las decisiones se tomen en el mejor interés del incapacitado y de forma justa.
Evaluación del Caso y Nombramiento del Tutor
El tribunal evaluará la situación y, si considera procedente el nombramiento, designará a una persona como tutor. El proceso puede demorar entre tres y seis meses, y el solicitante debe cumplir con varios requisitos legales y éticos para garantizar que la tutela se administre de forma responsable y segura.
El Bufete Correa CSP está aquí para guiarte en cada paso del proceso de tutela y asegurarse de que los derechos de tu ser querido estén protegidos.
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